TARJETA FAMILIAR COMUNITARIO ASCENDIENTE
¿Qué es la tarjeta familiar comunitario ascendiente?
Es un permiso de residencia que se otorga a los familiares ascendientes (padres) de los nacionales españoles, o de algún otro Estado miembro de la Unión Europea. Descubre con Orozco Abogados todo lo que necesitas saber.
Requisitos para solicitar la tarjeta familiar comunitario ascendiente
- Acreditar documentalmente que el ciudadano cuenta con medios económicos para hacerse cargo de su unidad familiar y del ascendiente. Es importante tener en cuenta que los ingresos se distribuyen entre los miembros de la unidad familiar ( las personas registradas en el padrón municipal)
- Acreditar el vínculo de parentesco mediante el certificado de nacimiento del ciudadano UE.
- Estar empadronados en la misma vivienda.
- Acreditar la dependencia económica del ciudadano de la unión, y/o convivir con él.
Este requisito es quizás el que define la aprobación o denegación del expediente. Se debe probar que, previamente a la llegada a España del Padre o la Madre, el ciudadano UE, se ha encargado de proveer lo necesario para cubrir los requerimientos básicos de su familiar y que este no cuenta con medios económicos, propiedades u otros familiares que puedan hacerse cargo de él. Usualmente, se prueba con cualquier medio de prueba admitido en derecho. A modo de ejemplo, envíos periódicos de dinero de forma mensual, declaración de no pensión, bienes, entre otros.
Nota importante: En caso de ser ascendiente mayor de 65 años, se puede optar por un arraigo familiar, el cual no exige demostrar dependencia económica.
¿Vigencia?
El permiso de residencia tiene validez de 5 años que habilita al extranjero a residir y trabajar en España.
¿Dónde se presenta?
Ante la Oficina de Extranjería del Lugar de Residencia.
Plazo de resolución
La oficina de extranjería cuenta con un plazo legal de 3 meses para resolver la solicitud, no obstante, depende de la carga de trabajo de cada oficina.