
La reforma del Reglamento de Extranjería, prevista para entrar en vigor el 20 de mayo de 2025, introduce cambios significativos en las modalidades de arraigo en España. Una de las novedades más destacadas es la creación del arraigo sociolaboral, que sustituye al anterior arraigo laboral y social, fusionando ambos en una única figura que facilita la regularización de inmigrantes con vínculos laborales en el país. Desde Orozco Abogados te contamos todo lo que necesitas saber.
Es una nueva autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se concede a ciudadanos extranjeros que se encuentren en España durante dos años y cuenten con un contrato de trabajo.
De forma que, con esta modificación se flexibiliza un poco más la figura de arraigo social que antes exigía 3 años de permanencia y un contrato, reduciendo el plazo a solo dos años de permanencia más la oferta laboral o contrato.
Este nuevo arraigo podrá solicitarlo el extranjero que se encuentra en situación irregular y ha permanecido en España de forma continuada durante 2 años.
¿Qué es el arraigo sociolaboral?
El arraigo sociolaboral es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se concede a ciudadanos extranjeros que se encuentran en situación irregular en España y han permanecido en el país de forma continuada durante al menos dos años. A diferencia de la anterior normativa, que requería tres años de residencia para el arraigo social, esta reforma reduce el tiempo de permanencia, facilitando la regularización de más personas extranjeras en situación irregular.
Para acceder a esta modalidad, es necesario contar con uno o varios contratos de trabajo que aseguren una jornada mínima de 20 horas semanales, con una remuneración que cumpla con el salario mínimo interprofesional (SMI) o el establecido en el convenio colectivo aplicable. Esta flexibilidad permite que personas con empleos a tiempo parcial también puedan regularizar su situación.
Requisitos para solicitar el arraigo sociolaboral
Para poder solicitar esta autorización, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Situación irregular: Estar en España en situación irregular al momento de tramitar la solicitud.
- Residencia continuada: Acreditar una estancia continuada en España durante al menos dos años anteriores a la fecha de solicitud.
- Contrato de trabajo: Presentar uno o varios contratos de trabajo que aseguren una jornada mínima de 20 horas semanales y una remuneración conforme al SMI o al convenio colectivo aplicable.
- Antecedentes penales: No tener antecedentes penales en España ni en el país de origen o en los países donde se haya residido durante los últimos cinco años.
- Compromiso de no retorno: No encontrarse en el plazo de compromiso de no retorno a España.
- Abono de tasa: Abonar la tasa correspondiente al trámite de solicitud.
¿Dónde y cómo presentar la solicitud?
La solicitud del arraigo sociolaboral debe presentarse en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que el solicitante tenga su domicilio. Es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en extranjería para garantizar que toda la documentación esté correctamente presentada y evitar posibles rechazos o retrasos en el proceso.
Duración y renovación
La autorización de residencia temporal por arraigo sociolaboral tiene una duración inicial de un año, con posibilidad de renovación. Para la renovación, es necesario cumplir con los requisitos establecidos y demostrar que se continúa en situación regular en el país, manteniendo los vínculos laborales que justificaron la concesión de la autorización.
Diferencias con otras modalidades de arraigo
Es importante destacar que el arraigo sociolaboral se diferencia de otras modalidades de arraigo, como el arraigo social o el arraigo familiar, en cuanto a los requisitos y documentación necesaria. Mientras que el arraigo social se basa en la integración social y vínculos familiares, el sociolaboral pone énfasis en la relación laboral del solicitante con el país.
Transición de arraigo laboral a sociolaboral
Con la reforma, el arraigo laboral desaparece y se integra en el arraigo sociolaboral. Esto implica que, para regularizar su situación, los trabajadores en situación irregular deben cumplir con los nuevos requisitos establecidos para esta modalidad, incluyendo la reducción del tiempo de residencia a dos años y la posibilidad de presentar contratos de trabajo a tiempo parcial.
El arraigo sociolaboral representa una oportunidad significativa para muchas personas extranjeras que han establecido su vida laboral en España pero se encuentran en situación irregular. La reforma del Reglamento de Extranjería busca facilitar su integración plena en la sociedad española, otorgándoles derechos y deberes en igualdad de condiciones.
Si cumples con los requisitos mencionados y deseas regularizar tu situación en España, es recomendable que te pongas en contacto con un abogado especializado en extranjería que pueda asesorarte y ayudarte en el proceso de solicitud.
Nota importante: Todo lo anteriormente mencionado no tiene efectos hasta la fecha de publicación en el BOE y entrada en vigor.
Información extraída del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.