RESIDENCIA PARA MENORES NO NACIDOS EN ESPAÑA O TAMBIÉN CONOCIDO COMO ARRAIGO PARA MENORES

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RESIDENCIA PARA MENORES NO NACIDOS EN ESPAÑA O TAMBIÉN CONOCIDO COMO ARRAIGO PARA MENORES
abogados de arraigo para menores en madrid

Abogados de arraigo para menores

Es muy frecuente que los clientes que han obtenido su permiso de residencia por arraigo o por otras figuras pregunten ¿Cómo puedo sacar la residencia para mi hijo menor?Luego de obtener tu permiso de residencia es muy probable que puedas tramitar la autorización de residencia para tus hijos menores, te contamos cómo. En Orozco Abogados te traemos todo lo que necesitas saber.

¿Qué es el permiso de residencia del menor no nacido en España?

Es una autorización de residencia que se otorga a menores de edad no nacidos en España, que son hijos de residentes legales y llevan más de 2 años en España. 

¿Quién puede solicitar el arraigo para menores?

Los extranjeros menores de edad no nacidos en España, hijos de extranjeros con residencia legal en España, así como a los menores sujetos legalmente a la tutela de un ciudadano español.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el arraigo para menores?

Acreditar el vínculo con el certificado de nacimiento 

Acreditar permanencia continuada en España del menor durante un periodo mínimo de dos años.

Que sus padres o tutores acrediten empleo o recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia

Que sus padres o tutores acrediten disponer de vivienda adecuada. Se debe solicitar un informe de vivienda adecuada a la Comunidad Autónoma en la que residan. 

En el supuesto de que el menor esté en edad de escolarización obligatoria, que se acredite que ha estado matriculado en un centro de enseñanza durante su permanencia en España.

Abonar la tasa.

¿Dónde se presenta el arraigo para menores?

En la oficina de extranjería de la de la provincia del domicilio del extranjero.

¿Plazo de Tramitación del arraigo para menores?

Este procedimiento tiene un carácter preferente y tiene un plazo de resolución de 45 días.

Vigencia del arraigo para menores

La autorización tendrá la misma vigencia que la autorización de residencia del padre o tutor. Habilitan a trabajar cuando se cumple la edad laboral mínima.

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