El Gobierno aprueba un nuevo Reglamento de Extranjería: Avances en integración a través del trabajo, la formación y la familia

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El Gobierno aprueba un nuevo Reglamento de Extranjería: Avances en integración a través del trabajo, la formación y la familia
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El 19 de noviembre de 2024 se publicó en el BOE el nuevo Reglamento de  Extranjería que entrará en vigencia el próximo 19 de mayo de 2025, diseñado para modernizar y adaptar la normativa a las necesidades actuales del fenómeno migratorio en España.

Principales novedades del nuevo Reglamento

El texto incluye una serie de medidas clave para facilitar la inclusión de los migrantes, entre las que destacan las siguientes:

1. Modificaciones en las autorizaciones de residencia y trabajo

  • Las autorizaciones iniciales tendrán una duración de un año, con renovaciones de cuatro años, lo que proporciona mayor estabilidad tanto a las personas migrantes como a las empresas que las contratan.
  • Se amplía el visado de búsqueda de empleo de tres meses a un año, permitiendo a los migrantes encontrar oportunidades laborales acordes a su perfil profesional.
  • Se elimina la necesidad de salir de España para cambiar de una residencia temporal a una de larga duración.

2. Nuevas figuras de arraigo

El Reglamento introduce cinco modalidades de arraigo:

  • Social. (No se exigirá el contrato u oferta laboral)
  • Sociolaboral. (Se reduce el tiempo de permanencia exigido en España de tres a dos años)
  • Familiar
  • Socioformativo (Se requiere informe de integración social, y tiene permiso de trabajo por 30hs semanales)
  • Segunda oportunidad

Como novedades todas las residencias por arraigo  tendrán permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena y cuenta propia  en todo el territorio nacional.

3. Flexibilización en la estancia por estudios

Los estudiantes extranjeros podrán trabajar hasta 30 horas semanales durante su formación, y su autorización de estancia estará alineada con la duración de sus estudios. Al finalizar, podrán acceder a una vía rápida para obtener una autorización de trabajo, facilitando su incorporación al mercado laboral español.

4. Mejoras en la reagrupación familiar

Se amplía el concepto de reagrupación familiar, incluyendo ahora a:

  • Hijos hasta los 26 años (antes el límite era de 21 años).
  • Parejas no registradas que acrediten una relación afectiva estable.
  • Familiares de víctimas de trata, violencia sexual o de género.

Además, se ha creado una autorización específica para familiares de ciudadanos españoles, lo que permitirá a quienes han obtenido la nacionalidad española en los últimos años traer a sus familias con mayor facilidad.

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Fomentando la inclusión a través del trabajo, la formación y la familia

El Reglamento se estructura en torno a tres ejes principales que garantizan la integración efectiva de las personas migrantes:

  • Trabajo

Las nuevas autorizaciones permiten a las personas migrantes trabajar desde el primer momento sin necesidad de solicitar permisos adicionales. Asimismo, se han establecido protecciones específicas para trabajadores temporales, como información clara sobre sus condiciones laborales y medidas de seguridad desde su país de origen hasta su incorporación al empleo en España.

Por otro lado, se han simplificado los trámites para empresarios, permitiéndoles adaptarse mejor a las necesidades del mercado, especialmente en sectores que demandan empleo estacional o colectivo.

  • Formación

El acceso a la formación se refuerza mediante autorizaciones de estancia que abarcan toda la duración de los estudios, garantizando además una transición fluida hacia el mercado laboral al finalizar. Los centros educativos, por su parte, deberán cumplir requisitos más estrictos para proteger a los estudiantes de posibles fraudes.

  • Familia

Las medidas de reagrupación familiar no solo buscan fortalecer los lazos familiares, sino también promover la estabilidad emocional y social de las personas migrantes. Esta estabilidad se traduce en una mayor integración y contribución a la sociedad española.

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